Cómo determinar si una transacción requiere aviso o autorización de competencia económica en México

Equipo Tracer

    

En México, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece que ciertas transacciones entre empresas deben ser notificadas y autorizadas por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) antes de que se lleven a cabo. Estas operaciones son aquellas que pueden afectar significativamente la competencia en el mercado mexicano.

Para determinar si una transacción requiere aviso o autorización de la COFECE, es necesario realizar un análisis detallado de las empresas involucradas, así como del mercado en el que operan. En general, se deben considerar los siguientes factores:

  • La participación de mercado de las empresas involucradas.
  • La existencia de barreras de entrada en el mercado.
  • La posibilidad de que la transacción genere efectos anticompetitivos, como el aumento de precios o la disminución de la calidad de los productos o servicios ofrecidos.
  • La existencia de otras empresas competidoras en el mercado.

Si el análisis indica que la transacción puede afectar significativamente la competencia en el mercado, entonces es probable que se requiera una notificación y autorización por parte de la COFECE.

Es importante tener en cuenta que la LFCE establece ciertos umbrales financieros que deben cumplirse para que una transacción sea notificada y autorizada por la COFECE. Estos umbrales varían según el tipo de operación y el sector en el que se realiza la transacción. Por lo tanto, es recomendable consultar la ley y las regulaciones correspondientes para determinar si se cumplen los umbrales financieros necesarios para notificar y autorizar la transacción ante la COFECE.

Los umbrales financieros para notificar y autorizar una transacción ante la COFECE en México varían dependiendo del tipo de operación que se realice. A continuación, te proporciono los umbrales financieros que se encuentran establecidos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y en su Reglamento:

1. Concentraciones:
  •  Cuando el valor de los activos o el monto de los ingresos anuales de por lo menos dos de las partes involucradas en la operación sea superior a 1,500,000,000 (mil quinientos millones) de unidades de inversión (UDIs).
  • Cuando el valor de los activos o el monto de los ingresos anuales de la empresa adquirida sea superior a 250,000,000 (doscientos cincuenta millones) de UDIs.
2. Prácticas monopólicas:
  • Cuando el monto de los ingresos anuales del agente económico sea superior a 18,000,000 (dieciocho millones) de UDIs.

Es importante señalar que estos umbrales son actualizados anualmente, por lo que es necesario consultar la página web de la COFECE para conocer los montos actualizados. Además, es importante destacar que estos umbrales son sólo uno de los factores que se toman en cuenta para determinar si una transacción debe ser notificada y autorizada por la COFECE. Por lo tanto, siempre es recomendable realizar un análisis detallado de cada operación para determinar si se deben cumplir los requisitos de notificación y autorización de concentraciones o prácticas monopólicas.

Para temas de M&A en Tracer México tenemos un área especializada y estamos a sus órdenes para lo que requieran.

 

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