Sociedad Anónima y Sociedad Civil:  4 principales diferencias.

Equipo Tracer

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Últimamente una pregunta ronda fuerte por el aire:  ¿cuáles son las diferencias entre una Sociedad Anónima, (S.A.) y una Sociedad Civil (S.C.)?

Ya hemos hablado sobre los Tipos de Sociedades Mercantiles más comunes en México.  Incluso elaboramos una Guía Colaborativa Fiscal con la finalidad de ayudarlos a conocer tratamiento fiscal para una persona moral.

Pero ahora vamos a decirles las 4 principales diferencias entre una S.A. y una S.C. para quienes están considerando alguna de estas dos opciones para empezar su idea de negocio.

1.  MERCANTIL vs CIVIL.

La Sociedad Anónima es un tipo de "sociedad mercantil".  Esta regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles y su finalidad es la especulación comercial, es decir, su naturaleza es lucrativa, por lo que incluye actos de comercio que establece el artículo 75 del Código de Comercio.

La Sociedad Civil, aunque tiene propósito de lucro, su actividad no representa una especulación comercial.   Se utiliza mas para prestación de servicio que no involucarn especulación comercial.

2. DEL OBJETO SOCIAL

Recordemos que una sociedad "mercantil", como lo es la S.A., está enfocada mayormente a empresas que se dedican a comercializar, fabricar o distribuir algún tipo de producto. Son empresas más comerciales.

Mientras que, una Sociedad "Civil", es aquella destinada principalmente a ofrecer algún tipo de servicio profesional a cambio de una remuneración económica, por ejemplo: despacho de abogados, contadores, médicos, arquitectos, entre otros.

3. DE SU APORTACIÓN Y RESPONSABILIDAD.

En una S.C los socios se comprometen mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para realización de un fin común. Por ello, la aportación entre los socios puede hacerse a través de dinero o bienes y, en su defecto, en su industria, es decir, aquellos socios que aportan su conocimiento a la sociedad.

La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada, es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no llega para cubrir las deudas, responden con sus bienes presentes y futuros. 

Por otro lado, la S.A., se compone de accionistas cuya obligación está limitada al pago de sus acciones.  Su aportación puede hacerse tanto en dinero como en especie.

Las S.A. son de responsabilidad limitada de los accionistas al pago de sus aportaciones.

4.DE SUS ASPECTOS FISCALES

La S.A. acumulan ingresos al momento cuanto se expide un comprobante (factura), se entregue el bien o se cobre la contraprestación pactada. En cambio, en la S.C. se considera que los ingresos se obtienen al momento en que se cobran, es decir, acumulan en base al flujo de efectivo.

En una S.A. se  paga un impuesto por dividendos a una tasa del 30% después de factor piramidal, a diferencia de una S.C. donde el reparto es mucho más flexible y barato, ya que al dar los anticipos de las utilidades, se calcula el impuesto en base a tarifa de persona física, además de ser deducible en los provisionales de la persona moral. 
 
En fin, no hay nada mejor que asesorarte con profesionales en el tema, y que te ayuden a definir muy bien lo que mejor le conviene a tu idea de negocio.   Recuerda que existen otras diferencias entre éstos dos tipos de sociedades. 
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