De acuerdo con la Ley Fintech debe solicitarse a la CNBV la autorización para organizar y operar una Institución de Fondos de Pago Electrónico. La autorización es para una persona moral mexicana de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 22 y 25 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
De manera muy general a continuación listaremos lo que se requiere para avanzar con el trámite:- Revisar el modelo de negocios para identificar el tipo de operaciones a realizar en la Institución de Fondos de Pago Electrónico;
- Elaboración y protocolización de poder de los promoventes del trámite;
- Elaboración de escrito de Solicitud de Autorización y armado de expediente con sus anexos;
- Elaboración de documentación corporativa de la sociedad requerida para el trámite;
- Elaboración del Plan de Negocios requerido por la regulación para el trámite
- Elaboración del documento de Infraestructura Tecnológica requerido por la regulación para el trámite
- Elaboración del documento de Viabilidad Financiera y estados financieros proyectados requerido por la regulación para el trámite
- Elaboración del los Manuales de Operación, de Control Interno y de Administración de Riesgos requerido por la regulación para el trámite
- Elaboración del Manual para el Uso de Medios Electrónicos requerido por la regulación para el trámite
- Elaboración de relación de convenios con proveedores de servicios tecnológicos, temas vinculados a infraestructura tecnológica, y temas vinculados a titularidad y derechos de uso de la interfaz tecnológica
- Elaboración del Manual de Cumplimiento que contenga sus respectivas políticas de identificación y conocimiento del cliente, los criterios, medidas, mecanismos y procedimientos internos que deberá adoptar para dar cumplimiento a lo previsto en las Disposiciones en materia de PLD/FT
Esperamos que ésta información te haya sido de mucha utilidad. En los próximos días seguiremos hablando más sobre temas relacionados al sector Fintech.