Ley Fintech: Autorización para la Organización y Operación de Instituciones de Fondos de Pago Electrónico en México

Equipo Tracer

    

Para operar en el sector Fintech, las empresas que quisieran avanzar con un esquema de Fondos de Pago Electrónico deberán solicitar una autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 

En Tracer México estaremos escribiendo sobre temas generales financieros y de tecnología y sobre la Autorización para la Organización y Operación de Instituciones de Fondos de Pago Electrónico contempladas en la Ley Fintech.

De acuerdo con la Ley Fintech debe solicitarse a la CNBV la autorización para organizar y operar una Institución de Fondos de Pago Electrónico.  La autorización es para una persona moral mexicana de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 22 y 25 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

De manera muy general a continuación listaremos lo que se requiere para avanzar con el trámite:
 
  1. Revisar el modelo de negocios para identificar el tipo de operaciones a realizar en la Institución de Fondos de Pago Electrónico;
  2. Elaboración y protocolización de poder de los promoventes del trámite;
  3. Elaboración de escrito de Solicitud de Autorización y armado de expediente con sus anexos;
  4. Elaboración de documentación corporativa de la sociedad requerida para el trámite;
  5. Elaboración del Plan de Negocios requerido por la regulación para el trámite
  6. Elaboración del documento de Infraestructura Tecnológica requerido por la regulación para el trámite
  7. Elaboración del documento de Viabilidad Financiera y estados financieros proyectados requerido por la regulación para el trámite
  8. Elaboración del los Manuales de Operación, de Control Interno y de Administración de Riesgos requerido por la regulación para el trámite
  9. Elaboración del Manual para el Uso de Medios Electrónicos requerido por la regulación para el trámite
  10. Elaboración de relación de convenios con proveedores de servicios tecnológicos, temas vinculados a infraestructura tecnológica, y temas vinculados a titularidad y derechos de uso de la interfaz tecnológica
  11. Elaboración del Manual de Cumplimiento que contenga sus respectivas políticas de identificación y conocimiento del cliente, los criterios, medidas, mecanismos y procedimientos internos que deberá adoptar para dar cumplimiento a lo previsto en las Disposiciones en materia de PLD/FT
En Tracer México podemos ayudarte con tu proyecto. Este listado es un resumen general de lo previsto en la Ley. No es un listado completo ni amplio, sino solamente una guía para identificar lo que en el trámite de autorización requiere. Lo primero que necesitas es identificar de acuerdo a tu modelo de negocios en qué disposición de la ley te encuentras, para de allí trazar los pasos a seguir.
 
Tenemos incluso un esquema de pagos mensuales para que conjuntamente podamos avanzar de la mano en la autorización de tu Institución de Fondos de Pago Electrónico.
 

Esperamos que ésta información te haya sido de mucha utilidad. En los próximos días seguiremos hablando más sobre temas relacionados al sector Fintech.

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