Documentos Perdidos:  ¿Con el sismo perdiste documentos oficiales?

Equipo Tracer

    

Primero que nada: No te preocupes. Existen registros y archivos oficiales y públicos donde puedes recuperarlos.  

Por tal razón, escribimos en nuestro blog legal, un post especialmente destinado a las personas que perdieron sus docuemento oficiales a causa del sismo.

¿Perdiste actas de nacimiento, matrimonio, adopción, defunción, etcétera?

Puedes solicitar una copia certificada de las mismas, ante el Registro Civil de la Ciudad de México, ubicado en Arcos de Belén No. 19, Col. Doctores, Del. Cuauhtémoc, así como en kioskos ubicados en toda la Ciudad.

¿Perdiste tus comprobantes de pago de impuesto predial y servicio de agua?

Puedes solicitar constancias de no adeudo que acreditan el pago, ante las oficinas de la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México, así como en línea a través éste enlace.

¿Perdiste las escrituras de un inmueble?

Si perdiste escrituras:

  1. Si tu inmueble está escriturado, y la adquisición del mismo fue dentro de los últimos 5 años, puedes acudir a la Notaria Pública donde hiciste el trámite a solicitar un segundo testimonio de tu escritura.
  2. Si lo compraste hace más de 5 años, y no recuerdas los datos de tu escritura, entonces será necesario realizar una búsqueda por inmueble o titular registral ante el Registro Público de la Propiedad de la Ciudad de México, ubicado en la Calle Villalongin No. 15, Col. Cuauhtémoc.
  3. Si la búsqueda es positiva te van a indicar el folio real de tu inmueble, con lo cual podrás obtener una constancia que describirá los datos de tu escritura (número, fecha, nombre de notario y número de notaría), con esos datos puedes acudir al Archivo General de Notarías de la Ciudad de México ubicado en Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, Del. Venustiano Carranza, y solicitar un segundo testimonio o copia certificada de tu escritura.  
  4. Si tu inmueble no está escriturado, será necesario que te acerques a un abogado que te asesore en cuanto a cómo demostrar que tu inmueble lo has habitado de manera pública, pacifica e ininterrumpidamente por más de 5 años, con la finalidad de que proceda la prescripción positiva, por medio de la cual el poseedor de un inmueble puede adquirir el derecho real de propiedad, por el simple transcurso del tiempo.
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