8 publicaciones que debe dar una SAS ante la Secretaría de Economía

Equipo Tracer

8-publicaciones-para-la-SAS-ante-la-secreataria-de-economia
    

Has escuchado personas que preguntan: ¿Cuáles son las publicaciones que debe dar mi SaS ante la Secretaría de Economía?

En este artículo hablaremos sobre las 8 publicaciones que viene habilitadas para la SAS en el Portal de Publicaciones de la Secretaría de Economía.   Esperamos que ésta información te sea de mucha utilidad.

1. Convocatoria de Asambleas de Accionistas

Cada año, todas las SAS deberán llevar a cabo una Asamblea de Accionistas, ésto con la finalidad de:

  1. Tomar decisiones importantes para la empresa.
  2. Rendición de cuenta por parte del administrador único.
  3. Evaluar el avance de la sociedad.
  4. Notificar y modificar algún cambio en: la administración; entrada o salida de accionistas; aumento o disminución del capital social; cambio del objeto social, cambio de domicilio social; u otorgar o revocar poderes.

Dichas convocatorias deberán ser publicadas en el portal de la Secretaría de Economía (SE)

2. El Informe anual sobre la situación financiera

El informe financiero se deberá presentar la siguiente información:

  • Datos de identificación: RFC y Denominación Social
  • Datos generales: Ejercicio y fecha y hora de presentación.
  • Estado de resultados: Ingresos netos, gastos, utilidad bruta, pérdida bruta, utilidad antes de impuestos, pérdida antes de impuestos, utilidad neta y pérdida neta.
  • Estado de posición financiera (balance): Suma activo, suma pasivo, capital contable, capital social y suma pasivo más capital contable.
De no presentarlo en dos ejercicios consecutivos es causal de disolución.

3. Aviso sobre las inscripciones que se realicen en el libro de registro de acciones

En el caso de aumento o disminución del capital social variable, se debe dar aviso a la Secretaría de Economía sobre dichos movimiento en el libro de registro de acciones de la SAS.

4. Los contratos celebrados entre el accionista único y la Sociedad

Es importante señalar que con la finalidad de mostrar la transparencia en la relación accionista-SAS (dos personalidades jurídicas totalmente independientes), el accionista de una SAS (que según el caso, puede ser el representante legal), tenga que dar la publicación del contrato celebrado con su propia empresa; todo ello, para que no hayan cabos sueltos en su administración y exista total transparencia y legalidad.

Por ejemplo, en caso que él cómo persona física le preste dinero a su empresa (persona moral) o viceversa, es necesario publicar este contrato. También se puede dar el caso, que el accionista le arrende su inmueble a la SAS para que lleve a cabo sus operaciones.

5. El Aviso cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social (solo aplica primer año)

Una vez constituida la SAS, tienes un plazo de hasta un año para pagar el capital social de la empresa y dar aviso ante la Secretaría de Economía, mismo que se cuenta a partir del momento en el cual la sociedad quede inscrita ante el Registro Público de Comercio.

Es importante señalar que dicho pago, deberá hacerse a una cuenta bancaria perteneciente a la SAS. (Aquí te explicamos lo referente a la apertura de cuenta bancaria para SAS)

6. Transformación de la SAS por rebasar el monto de ingreso anual total de 5 millones de pesos

En este sentido, si la SAS supera el monto límite de ingresos totales anuales, deberá convocar a asamblea de accionistas y acordar la transformación de la misma a otro tipo de sociedad mercantil contemplada en la ley.

Es importante señalar que dicha transformación deberá ser protocolizada por un fedatario público e inscrita en el registro público de comercio y publicado en el apartado de la SAS en el portal de publicaciones de la Secretaría de Economía (SE).

7. Accionistas de la SAS con responsabilidad frente a terceros subsidiaria, solidaria e ilimitadamente.

En el supuesto que el accionista de una SAS necesite responder más allá del monto su aportación inicial  frente a terceros, se dará este aviso ante la SE, con el propósito de ser tomado en cuenta para los fines que se realicen. Por ejemplo, si algún banco les solicita una garantía mayor a la de su aportación, se puede dar esta publicación.

8. Declaratoria de incumplimiento de Informe Anual de SAS.

En el supuesto caso que tu Sociedad por Acciones Simplificada no cumpla con su obligación de publicar el informa económico anual, deberá dar aviso de su incumplimiento ante la SE.

En TRACER trabajamos para brindarle a nuestros visitantes y clientes, la mejor y más completa información legal para sus empresas o emprendimientos. 

Contamos con un blog muy completo en temas legales para tu empresa, tu inmueble, fintech, emprendimiento, tips legales, cierre de empresa, registro de marcas, entre otros.

¿Quieres crear tu empresa?

Descarga gratis nuestra guía definitiva. Conoce todo lo que necesitas saber para crear una empresa en México, resuelve tus dudas y averigua los requisitos:

Obtener guía

Síguenos en Instagram

Chatea con nosotros

Nuestro WhatsApp es el lugar ideal para resolver rápidamente tus dudas y darnos tus comentarios.

Comenzar ahora

¿Necesitas ayuda? Haz clic