Obligaciones de hacer público el Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles

Equipo Tracer

    

Hablando de la obligación contenida en la Miscelánea Fiscal 2020 de reportar al SAT en caso de modificación de estructura accionaria de empresas y en particular del concepto de Beneficiario Final de Sociedades Mercantiles. 

Dicha obligación (de reportar cambios en estructura accionaria de las sociedades mercantiles) ya se había implementado en lo que respecta a las publicaciones en el Portal de la Secretaría de Economía.

Lo anterior principalmente en el tono de la Recomendación 24 de GAFI, tema del cual ya hablamos en un artículo anterior de nuestro Blog.

Recordemos que GAFI es el Grupo de Acción Financiera Internacional (Financial Action Task Force – FATF, en inglés), la institución intergubernamental creada en 1989 por el G7 para promulgar un marco internacional de las normas de prevención del blanqueo de capitales.

No obstante las empresas son importantes para el crecimiento económico, la existencia del velo corporativo ha llevado a que algunas personas jurídicas sirvan como medio para llevar a cabo actividades ilícitas. La carencia de información sobre el propietario y beneficiario final de las empresas ha llevado a GAFI a emitir estas recomendaciones.

De acuerdo a la definición de GAFI el Beneficiario final (…) se refiere a la(s) persona(s) natural(es) que finalmente poseen o controlan a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye también a las personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona jurídica u otra estructura jurídica.

Si la compañía X es propiedad de la compañía Z, ‘‘los beneficiarios finales son actualmente las personas naturales quienes están detrás de la segunda compañía. El beneficiario final es siempre persona física. 

Una persona puede ser beneficiario final de una entidad:

  • A través de participación en la propiedad. En casos en que cuente con el porcentaje de acciones que permite controlar y adoptar las votaciones de la sociedad. El control incluso puede ser a través de acuerdos entre accionistas. 
  • A través de cargos al interior de la entidad. Son las personas con facultades para tomar decisiones estratégicas a raíz de su cargo en la sociedad.
  • A través de otros medios. Puede darse el caso de alguien que ejerza control a través de conexiones personales con los propietarios de la entidad.

Cada vez más la regulación interna exige tener en orden los documentos corporativos de las personas mexicanas. En el caso de sociedades mercantiles (sociedad anónima, SAPI, SAS) podemos referirnos en lo articular a los libros corporativos de las empresas (Libro de Registro de Acciones y libros de Variaciones de Capital principalmente).

Por razones vinculadas a orden y transparencia hemos hecho la Plataforma Tracer.

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