En meses anteriores, nos hemos dedicamos hablar sobre "los tipos de sociedades mercantiles más comunes en México" (incluyendo la reciente Sociedad por Acciones Simplificada, S.A.S.), donde precisamos sus características fundamentales.

A raíz de ello, tuvimos una charla con Lic. María Elena López, abogada experta en constitución de sociedades de TRACER, durante la Semana Nacional del Emprendedor, para profundizar sobre el tema.

Ahora bien, existen otro tipos de sociedades no tan comunes en México, pero que tienen presencia en el mercado. De este tema, queremos hablar en este artículo.

La Ley General de Sociedades Mercantiles, en el articulo 1, enumera distintos tipos de sociedades mercantiles, que se ajustan a la necesidad de diversas empresas y personas, en forma y características particulares.

En este sentido, deseamos que conozcas por medio de una tabla comparativa, estas cuatro sociedades no tan comunes en México, pero que dependiendo de las circunstancias y sus factores, pueden ser ideales para cierto tipo de empresas, proyectos o negocios. 

A continuación, te presentaremos los otros tipos de empresas que puedes constituir y sus características principales:

  1. Sociedad de Nombre Colectivo. (No tiene siglas)
  2. Sociedad de Comandita Simple (S. en C.)
  3. Sociedad de Comandita por Acciones (S. en C. por A.)
  4. Sociedad Cooperativa Limitada o Suplementada (S.C.L. o S.C.S.)

Otros tipos de sociedades mercantiles

Categorías Sociedad de Nombre Colectivo Sociedad de Comandita Simple Sociedad de Comandita Simple por Acciones Sociedad Cooperativa Limitada o Suplementada
Ley que la regula

Ley General de Sociedades Mercantiles

Ley General de Sociedades Cooperativa
Características

Los socios responden de modo subsidiario, solidario e ilimitadamente de las obligaciones sociales.

Ésta sociedad tiene 2 clases de socios: Comanditados y comanditarios Éstas sociedad tiene 2 clases de socios: Comanditados y comanditarios. Además el capital está representado por acciones 

Los rendimientos son por trabajo o por consumo
Todos los socios pertenecen a la clase trabajadora
Se basa en el régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a la satisfacción de necesidades, así como la obtención de beneficios.
Comúnmente se emplean para actividades de agricultura, ganadería, pesca, caza o explotación forestal, entre otras.

Proceso de constitución

Simultánea: .

  • Junta de socios o accionistas para elaborar proyecto de estatutos
  • Autorización de la Secretaría de Economía (Autorización en el portal www.tuempresa.gob.mx la cual se reserva y asigna a un fedatario. Cualquier persona con e.firma puede tramitarla)
  • Protocolización ante notario público
  • Inscripción ante el Registro Público de Comercio.
  • Obtención de RFC directamente ante el SAT
  • Acta por quintuplicado de asamblea general
  • Certificación de firmas ante notario público, corredor público, juez de distrito, entre otros
  • Autorización de la secretaría del trabajo y previsión social
  • Inscripción en el Registro Público de Comercio
Nombre Razón social y compañía (si se separase el socio que dio su nombre para la razón social se añadirá la palabra "sucesores", también se la razón social se está transfiriendo) 

Razón social o denominación (el socio que preste su nombre para la razón social es considerado por ello comanditado)

Denominación
Capital social La ley no establece el mínimo No establece mínimo, pero siempre serán de capital variable
Participación extranjera Catalogada Máxima 10% y no podrán desempeñar puestos de dirección o administración
Documentos que acreditan al socio Escritura Constitutiva  Acción Certificado de aportación
Número de socios Mínimo 2; máximo ilimitado. Mínimo 5, máximo ilimitado.
Responsabilidades de los accionistas Todos los socios Responden de una manera subsidiaria, solidaria e ilimitada de las obligaciones sociales

Comanditados: Solidaria, subsidiaria, e ilimitadamente.

Comanditarios: aportaciones, salvo que haya tomado parte en alguna operación o habitualmente hubiese administrado los negocios de la sociedad

Comanditados: Solidaria, subsidiaria, e ilimitadamente.

Comanditarios: monto de sus acciones, salvo que haya tomado parte en alguna operación o habitualmente hubiese administrado los negocios de la sociedad

Limitada: hasta por el monto de su aportación

Suplementada: responden los socios a prorrata hasta por la cantidad determinada e el acta constitutiva.

 

 

Órganos sociales y de vigilancia
  • Junta de Socios.
  • Administrador (es)
  • Interventor que vigila los actos del o los administradores
  • Junta de Socios
  • Administrador (por comanditado)
  • Interventor (por comanditario)
  • Asamblea de Accionistas
  • Administrador (socio comanditado)
  • Comisario
  • Consejo superior del cooperativismo
  • Asamblea de Socios
  • Consejo de administración
  • Consejo de Vigilancia
  • Vigilada por la Secretaría de Estado, a la que corresponda su actividad.
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