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Reserva de dominio en el contrato de compraventa de inmuebles

Escrito por Equipo Tracer | 30 de mayo de 2022

En México existe en ocasiones que, una transacción inmobiliaria puede tener la característica de que la compraventa se lleva a cabo, pero por razones diversas el vendedor se reserva la propiedad (el dominio) del bien inmueble, en tanto no se cumplan ciertas cosas.

Precisamente, bajo esta figura un comprador de un inmueble puede recibir la posesión del bien, es decir, que le den la posibilidad de tener el inmueble bajo su control, aún cuando alguna de sus obligaciones, por ejemplo, la obligación del pago no se haya cumplido aún.

Este tipo de transacciones se documentan llevando a cabo la formalización del contrato de compraventa ante notario público. En ese contrato se establecen las condiciones, las obligaciones de las partes; por ejemplo hacer el pago de la compraventa del bien inmueble en un número determinado de exhibiciones y establecer que, en tanto no se cumpla con todas las obligaciones en tiempo, por ejemplo, en tanto el comprador no pague sus exhibiciones pendientes en tiempo y forma, la reserva de dominio continuará sobre el inmueble.

El vendedor, como hemos dicho, puede desprenderse de la posesión del inmueble al amparo de la seguridad que podría brindarle su reserva de dominio.

Precisamente, cuando las obligaciones pactadas se han cumplido es necesario realizar la formalización de la cancelación de la reserva de dominio, ya que como parte de la transacción inicial esta reserva quedó inscrita en Registro Público como parte de la transacción. 

Es importante seguir poniendo énfasis en que el sistema jurídico mexicano es robusto y que existen vehículos y mecanismos legales que permiten avanzar y llegar a finales satisfactorios para las partes de proyectos inmobiliarios o circunstancias de gran complejidad.

En Tracer México llevamos muchos años apoyando en temas legales y notariales inmobiliarios., con gusto podemos ayudarles a avanzar con lo que requieran.